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Procesos para Cubanos, Haitianos, Nicaragüenses y Venezolanos

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Recursos | Advertencia sobre viajes por México y Panamá 

DHS anunció que extienden el programa de parole humanitario para venezolanos e incluirán cubanos, haitianos y nicaragüenses. El proceso de permanencia temporal permitirá que mensualmente hasta 30,000 personas de esos cuatro paises ingresen a Estados Unidos. Un beneficiario del programa puede sacar un permiso de trabajo y vivir temporalmente en EE.UU. Si se aprueba tu ingreso bajo este proceso, deberás ingresar a Estados Unidos por vía aérea. Este es un estatus temporal de hasta dos años. Este programa no está disponible para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos que entren ilegalmente a USA, México, o Panamá después del 5 de enero de 2023. El programa fue creado para tratar de impedir el ingreso de personas por la frontera de EE.UU.

 

¿Quién puede ser un beneficiario?

Un beneficiario es una persona que podría ser considerada para parole humanitario bajo este proceso. Para calificar como beneficiario de este programa, deberás:

1. Ser cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano.
2. Estar fuera de los Estados Unidos.
3. Tener un patrocinador en los Estados Unidos.
4. Tener un pasaporte válido.
5. Pasar una investigación de seguridad.
6. Organizar y poder pagar por tu vuelo a EE.UU.
7. Obtener las vacunas y otros requisitos médicos.


No calificarás para el proceso si:

1. Recibiste una orden de deportación de EE.UU. en los 5 años anteriores.
2. Ingresaste sin autorización a los Estados Unidos después del 5 de enero de 2023.
3. Cruzaste sin autorización las fronteras de México y Panamá después del 5 de enero de 2023.
4. Tienes residencia permanente o doble nacionalidad de cualquier otro país.
5. Tienes el estatus de refugiado en cualquier otro país.

Tu pasaporte tiene que estar válido y no haber expirado. Para venezolanos, si tu pasaporte tiene una certificación de extensión, puedes usar esa fecha. Debido a un decreto aprobado por la Asamblea Nacional el 21 de mayo de 2019, ciertos pasaporte venezolanos aún son válidos aunque estén expirados. Encuentra más información bajo Qué esperar después que se Presente el Formulario I-134.

 

¿Mis familiares pueden venir conmigo?

Sí, si se trata de tu cónyuge o hijos solteros menores de 21 años. Ellos no necesitan ser cubanos, haitianos, nicaragüenses o venezolanos. Tus familiares pueden tener el estatus de refugiado en cualquier otro país. Los niños menores de 18 años deben viajar con sus padres para beneficiarse de este proceso. Los menores no pueden ingresar solos.

¿Quién puede ser un patrocinador?

Un patrocinador es una persona dispuesta a solicitar que tú participes en este programa. Debe demostrar que puede darte apoyo financiero y otra ayuda por dos años. Los patrocinadores deben tener estatus legal y vivir en los Estados Unidos.

Un patrocinador puede ser:
1. Un ciudadano estadounidense Un residente permanente legal en Estados Unidos (portador de la green card)
2. Un no inmmigrante con estatus legal Asilado, refugiado o una persona con permiso de permanencia temporal en EE.UU.
3. Titular de Estatus de Protección Temporal (TPS)
4. Beneficiario de Salida Forzosa Diferida (DED)
5. Beneficiario de DACA

Un patrocinador debe:
1. Demostrar que tiene recursos financieros para apoyarte durante tu permanencia en EE.UU.
2. Pasar revisiones de seguridad y de antecedentes.

Estos son algunos ejemplos de los tipos de ayuda que tu patrocinador debe estar disponible para ofrecer:
1. Proporcionarte transporte desde el aeropuerto.
2. Proveerte con vivienda segura durante tu permanencia.
3. Ayudarte a llenar y enviar los documentos necesarios.
4. Ayudarte para que cumplas con tu atención y cuidado de salud.
5. Ayudarte a encontrar trabajo, registrarte en la escuela, aprender inglés, y cumplir otras necesidades.


Un patrocinador puede presentar una solicitud junto a otros o en nombre de una organización o empresa que también proveerá apoyo. Si presentan la solicitud en nombre de una empresa u otra entidad, deben incluir una carta de compromiso. Puedes conocer más en la guía para patrocinadores de Welcome.us. El Sponsor Circle Program del Community Sponsorship Hub también puede proveerte con recursos y otras guías para patrocinadores.

¿Cómo presentar una solicitud?

Un beneficiario, no puede iniciar el proceso solicitud. Tu patrocinador es quien debe presentar la solicitud. El patrocinador necesita presentar el Formulario I-134A, Solicitud Online para ser Patrocinador y Declaración de Apoyo Financiero para tí y cada uno de tus familiares inmediatos.

 

Asegúrate que tu patrocinador revise regularmente su correo electrónico, incluyendo su carpeta de correo no deseado o spam ya que recibirá importantes mensajes de USCIS.

 

El proceso si tu patrocinador es aprobado

USCIS puede determinar si el Formulario I-134A es suficiente o solicitar más información para aprobar a tu patrocinador. Después que tu patrocinador es aprobado, recibirás un correo electrónico con instrucciones paso a paso para:

Enviar información biográfica (personal):

1. Crear una cuenta con myUSCIS. 2. Confirmar que cumples con la vacunación y los requisitos de salud.

Enviar tu información a CBP One:

1. Usar la aplicación móvil CBP One de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza. 2. Enviar una foto. 3. Si CBP confirma tu solicitud, recibirás un notificación en myUSCIS.

Obtener la Autorización Adelantada de Viaje a Estados Unidos:

1. Si eres aprobado, obtendrás autorización para viajar a Estados Unidos en los próximos 90 días.
2. Tú o tu patrocinador deben comprar tu boleto de avión y preparar tu viaje.
3. La autorización para viajar no garantiza que obtendrás el parole humanitario o permanencia temporal. Aún debes pasar controles.

Solicitar Permiso de Permanencia Temporal o Parole Humanitario cuando llegues a EE.UU.:

1. Pasar las inspecciones de CBP, incluyendo toma de huellas digitales y controles adicionales.
2. Si el oficial cree que eres una amenaza para los Estados Unidos o no calificas por otras razones, tu entrada puede ser negada.
3. Si no pasas, podrías ser referido al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE.UU.(ICE).

Obtener Permiso de Permanencia Temporal o Parole Humanitario :

1. Si cumples todos estos pasos y pasas la inspección recibirás el permiso de permanencia temporal por hasta 2 años.

 

¿Qué sigue tras obtener el permiso de permanencia temporal?

Si obtienes el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, deberás hacer lo siguiente después de llegar:
1. Reportar tu dirección física después de 30 días. Obtener una revisión médica dentro de 90 días.
2. Solicitar un permiso de trabajo usando el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.
3. Solicitar una tarjeta de seguro social.

Si te mudas en los Estados Unidos, debes reportar cualquier cambio de dirección dentro de 10 días después de tu mudanza.

Si decides irte de los EE.UU. y deseas regresar, debes llenar la Socilitud de Documento de Viaje usando el Formulario I-131.

Quizás decidas buscar ayuda legal y explorar tus opciones cuando tu parole humanitario termine. Podrías ser elegible para solicitar asilo y permanecer en los Estados Unidos pero debes solicitarlo dentro de un año de tu llegada.

Deberás salir del país por tu propia cuenta cuando el Parole Humanitario expire. Si no te vas, podrías ser detenido y puesto en un proceso de deportación.

El Departamento de Seguridad nacional (DHS) puede decidir terminar tu parole humanitario bajo ciertas circunstancias, como si violas cualquier ley en los EE.UU.

Instrucciones para venezolanos

Si enviaste el Formulario I-134 online antes del 6 de enero de 2023, bajo el Proceso para Venezolanos, tu caso va a continuar y no necesitas tomar otras acciones. Debes seguir los previos requerimientos de fechas. No debes enviar el Formulario I-134A. Advertencia sobre viajes por México y Panamá

 

Advertencia sobre viajes por México y Panamá

DHS ha dicho que los venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses no deben viajar a través de Panamá y México para intentar cruzar la frontera e ingresar a los Estados Unidos. Si cruzas irregularmente la frontera mexicana o panameña después del 5 de enero de 2023, no serás elegible para el proceso.

Habrá nuevos chequeos migratorios en la frontera con México o frontera sur. Más recursos serán destinados a detener el tráfico humano.

Si ingresaste a los Estados Unidos antes del 19 de octubre de 2022, y fuiste liberado con una solicitud pendiente de asilo, debes continuar con tu solicitud de asilo.

 
La información de esta página proviene de fuentes confiables, incluidos DHS y USCIS. Nuestro objetivo es ofrecer información que sea fácil de entender y actualizada regularmente. Esta página es para orientación. USAHello no brinda asesoramiento legal, ni ninguno de nuestros materiales está destinado para ser tomado como asesoramiento legal.
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