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Te explicamos desde cuándo puedes aplicar
para la “Green card”

El gobierno del presidente Joe Biden anunció este miércoles la fecha clave que dará inicio al programa que permitirá regularizar a cerca de medio millón de migrantes que viven en el país sin un estatus legal

El programa denominado Parole in Place beneficiará principalmente a las personas casadas con ciudadanos estadounidenses y llega a solo meses de unas elecciones presidenciales en las que la gestión de la migración se ha convertido en un tema central.

La política permitirá a casi medio millón de parejas de ciudadanos estadounidenses e hijos no ciudadanos solicitar la residencia permanente legal (estado para el que ya son elegibles) sin salir del país, según un comunicado de La Casa Blanca. Esto no solo los protegerá de las deportaciones, sino que les ofrecerá permisos de trabajo.

DESDE CUÁNDO SE PUEDE APLICAR AL PAROLE IN PLACE

A partir del 19 de agosto de 2024, los cónyuges e hijos elegibles podrán solicitar este proceso para obtener estatus legal mientras permanecen con sus familias.

¿QUIÉNES SON ELEGIBLES?

Inmigrantes que, a partir del 17 de junio de 2024, hayan residido en Estados Unidos durante 10 años o más y estén legalmente casados ​​con un ciudadano estadounidense, cumpliendo al mismo tiempo con todos los requisitos legales aplicables. En promedio, quienes son elegibles para este proceso han residido en Estados Unidos durante 23 años, de acuerdo con el gobierno.

Esta acción protegerá a aproximadamente medio millón de cónyuges de ciudadanos estadounidenses y aproximadamente a 50,000 niños no ciudadanos menores de 21 años cuyos padres están casados ​​con un ciudadano estadounidense.

Quienes apliquen y cuya solicitud sea aprobada, tendrán un período de tres años para solicitar la residencia permanente. Se les permitirá permanecer con sus familias en Estados Unidos y ser elegibles para una autorización de trabajo por hasta tres años. Esto se aplicará a todas las parejas casadas que sean elegibles.

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Criterios de elegibilidad bajo Manteniendo a las Familias Unidas:

  • Los cónyuges no ciudadanos deben haber estado en un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024; estar presentes sin haber sido admitidos ni haber recibido un permiso de permanencia temporal; haber estado físicamente presentes de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación de la petición de permiso de permanencia temporal en el país; no representar una amenaza para la seguridad pública, seguridad nacional o seguridad fronteriza; y cumplir con ciertos otros criterios de elegibilidad, así como demostrar según su caso razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo para una concesión discrecional de un permiso de permanencia temporal en el país.

 

  • Los hijastros no ciudadanos (solteros, menores de 21 años al 17 de junio de 2024) deben estar presentes en Estados Unidos sin haber sido admitidos ni haber recibido un permiso de permanencia temporal; haber estado físicamente presentes de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación de la petición de permiso de permanencia temporal en el país; cumplir con la definición legal de hijastro de un ciudadano estadounidense basada en el matrimonio legalmente válido de sus padres con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio,  2024 (y antes de que el menor cumpla 18 años); no representar una amenaza a la seguridad pública o a la seguridad nacional, y cumplir con ciertos otros criterios de elegibilidad para ser considerado para una concesión discrecional de permiso de permanencia temporal en el país caso por caso por razones humanitarias urgentes o de beneficios público significativo.

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M&B Immigration Services USA. 2024
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